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    PROHIBICIÓN DEL CORTE DE ALETAS DE TIBURÓN EN EL ÁREA DE LA CONVENCIÓN DE LA CRVMA

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    Número de documento:
    CCAMLR-XXX/25
    Resumen

    En 2006, la CCRVMA adoptó la Medida de Conservación 32-18 sobre la conservación de tiburones. Esta medida prohíbe la “pesca dirigida a especies de tiburón en el Área de la Convención…” y exige la liberación de los ejemplares vivos extraídos de forma incidental cuando sea posible. Sin embargo, la medida no se pronuncia respecto de la práctica del corte de aletas en el caso de capturas incidentales de tiburones. La delegación de los EEUU propone una enmienda a la Medida de Conservación 32-18 de la CCRVMA para exigir que todos los tiburones que hayan sido capturados de manera incidental en el Área de la Convención sean subidos a bordo con sus aletas intactas en el caso de que no sean liberados vivos. Ello está en concordancia con las resoluciones de la Asamblea general de las Naciones Unidas (AGNU) adoptadas por consenso en 2003 y 2004, y de nuevo entre 2006 y 2010.